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¿Qué tipos de avales existen?

Qué es un aval?

Un aval, es una garantía por la que una tercera parte (el avalista) responde en caso de que el titular del crédito, o avalado, no sea capaz de cumplir con las obligaciones financieras del préstamo. O dicho de una forma más sencilla, otra persona o personas, como pueden ser tus padres, estarán obligados a pagar tus deudas por ti, si tú no lo haces y ellos te avalaron. Además, puede llevar implícito el compromiso de un bien material, como otro inmueble, vehículo u otro artículo de gran valor, que pasará a ser propiedad del banco en caso de que tampoco pudieran cumplir con las obligaciones de pago.

Podemos encontrarnos diferentes tipos de avales dependiendo de sus características, por lo cual, merece la pena explicarlo con más detalle:

Tipos de aval según la obligación que se garantice:

  • Aval económico: Garantiza el pago de una cantidad durante un período de tiempo determinado. Es decir, asegura que un pago se realizará en un futuro. Normalmente este tipo de aval tiene un coste para el avalado, que se muestra en forma de comisión proporcional al riesgo. Existen dos tipos:
  • Financiero: Cubre la devolución de la cantidad de dinero recibido.
  • Comercial: Cubre el pago de cantidades derivadas por transacciones comerciales.
  • Aval técnico: Garantiza el cumplimiento de un acuerdo o de un servicio, en lugar de una cantidad económica como en el caso anterior. Es característico de concursos públicos y subastas. Actúa como una indemnización si la persona avalada no puede cumplir el acuerdo, y al igual que el económico puede tener un coste para el avalado.

Tipos de aval según la función que representa el avalista:

  • Avales personales: este tipo de aval se da cuando la garantía de pago es respaldada por una persona física o jurídica. Este aval es, posiblemente, el más utilizado para hipotecas para viviendas, coches etc. El avalista debe responder en caso de impago por el deudor, con todo su patrimonio actual, e incluso del futuro, hasta que se salde en su totalidad la deuda. Siendo este el caso más habitual, esta última frase nos da una idea de la seriedad con la que debemos tomarnos el asunto. Debemos tener especial precaución ya que en casos extremos podemos perderlo todo, tanto nosotros como quien nos avala. Dentro de estos avales, podríamos catalogar 3 diferentes subcategorías para entenderlo mejor:
  • Simples: El banco reclama primero al avalado, y si no cumple con su obligación puede reclamar al avalista.
  • Solidarios: El beneficiario puede reclamar indistintamente tanto al avalado como al avalista.
  • Avales bancarios. Son las garantías emitidas por un banco o entidad financiera. Habitualmente se utiliza este aval para contratos de alquiler, o en viviendas que aún no están edificadas y solo existen los planos. En este caso el aval tiene un coste, y por tanto el banco recibirá una cantidad como prestación durante el tiempo que sea activa la garantía de pago.

Tipo de aval según su duración:

  • Por un plazo determinado. Como su nombre indica, el aval será válido durante el intervalo de tiempo estipulado en el contrato.
  • Por plazo indefinido. En este caso, el aval finalizará cuando lo haga la obligación de pago, es decir durante todo el tiempo que tengamos la hipoteca.

¿Cuáles son los costes asociados a los avales bancarios?

A la hora de conceder un aval, el propio banco proporciona las siguientes condiciones, como compensaciones por los riesgos que se están asumiendo:

  • Costes de formalización: Se cancela una vez, cuando se formaliza el contrato. Consiste en el 1% sobre el importe del aval.
  • Costes por estudio: también es un pago único, y al igual que el anterior, también asciende al 1% del total.
  • Comisiones por riesgo: Es un cobro del banco que se realiza cada tres meses, y también carga el 1% adicional.
  • Costo social de asociación y mantenimiento: es el costo relativo al mantenimiento durante un año y sería el equivalente a la suma de los anteriores.
  • Costo total de mantenimiento: para años sucesivos el coste sería el coste anual, es decir el 1% cada trimestre.

¿Quién puede ser mi avalista?

Para que una persona o entidad pueda ser tu avalista, debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Ser solvente: además de tener las menores cargas posibles.
  • Disponer de propiedades: además de no tener deudas y disponer de ingresos habituales.
  • Vinculación con la entidad, es decir que el avalista sea cliente (o se haga cliente) del banco que la conceda.

¿Cuándo son necesarios los avales?

Según la RAE, un aval es la obligación que alguien adquiere de hacer aquello a lo que otra persona se ha comprometido en caso de incumplimiento. ¿Qué significa esto? Los bancos nos piden avales sobre todo cuando realizamos grandes inversiones, como método para asegurarse de que van a recibir la cantidad prestada. Por lo tanto, cuando nuestra situación económica o crediticia no es la mejor, pero aún así necesitamos realizar ese gran desembolso como pueda ser comprar una vivienda, conseguir un aval suele ser la única opción para que el banco ofrezca la hipoteca. Por el contrario, existen también préstamos personales por cantidades quizás ligeramente inferiores, donde no será necesario como norma general la figura del aval.

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